Este Tribunal Mixto Segundo de Juicio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: CONDENA a los ciudadanos ANDRI ROJAS PINEDA, titular de la cédula de identidad 15.575.978, de 26 años de edad, nacido el 13-01-81, Obrero, residenciado en La gran sabana, Calle Principal, casa N° 27, Cumaná, Estado Sucre y EDWIN MOYA ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 19.124.284, de 22 años de edad, nacido el 20-01-85, obrero, residenciado en la Barrio Buena Vista, calle 5° San José, casa S/N, entre la Petión y el Islote, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal; Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y Aprovechamiento de Vehículo Proveniente de Hurto o Robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, a cumplir una pena definitiva de DIECISIETE (17) AÑOS, DOS (02) MESES de p.....