Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso a la ciudadana JOSÉ MANUEL ALCALÁ ROJAS, venezolano, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 09-08-83, titular de la Cédula de Identidad N° 16.38.601, hijo de Sully Del Valle Rojas y Celio José Alcalá, y domiciliado en sector La Frontera. Calle la Lagunita, Casa Nº 07, Güiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad; imponiéndole como condiciones durante el plazo de un (01) año, las siguientes: PRIMERO: abstenerse d.....