DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, en el asunto seguido a las ciudadanas: CARMEN ELENA MONTAÑO, ANA KARINA MONTAÑO Y MARIA JESUS MONTAÑO, por el delito de AMENAZA PRIVADA, previsto y sancionado en el artículo 175 del Código Penal; en perjuicio de la victima: ROXANA RODRIGUEZ MARCANO, cuyo enjuiciamiento sólo procede por acusación de parte agraviada, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 en su único aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL,
ABG. MARIA WETTER FIGUERA
EL SECRETARIO JUDICIAL,
ABG. WILLIAMS AZOCAR