En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera satisfechas las exigencias contempladas artículo 48 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 318 ordinal 1º eiusdem, cuanto el hecho que se le imputa no puede atribuírsele y es por ello que se Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del Ciudadano AGUSTIN RAFAEL GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 13.076.753, venezolano, natural de Carúpano, residenciado en la Avenida Antonio José de Sucre, El Roble, casa s/nº, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana LAURA VIRGINIA RODRIGUEZ