Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara NULO la actuación realizada por el abogado asistente de la parte actora de fecha dos de Mayo de 2.013 , que riela al folio 27 conjuntamente con la consignación del Cartel librado en el Diario El Tiempo de fecha 27 de abril de 2.013 y ordena la REPOSICION DE LA PRESENTE CAUSA al estado de que se libre nuevo Cartel de Citación para que se haga la publicación en la forma legal correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de DIVORCIO incoada por el ciudadano JOSE ALI GARCIA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número V-4.357.556 y domiciliado en la carretera Cumaná-Mariguitar KM 99, Ensenada.....