este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal de Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acoge el pedimento fiscal y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al imputado FREDDY RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, residenciado en la calle Los Silos, casa Nro.- 09, de esta ciudad, quien está incurso en la presunta comisión de uno de los dos delitos contra las personas, en perjuicio de la ciudadana TAMY CAROLINA AYALA ITRIAGO, venezolana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la cedula de identidad Nro.-V-19.291.986, residenciada en la calle Los Silos de esta ciudad. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente: El Sobreseimiento procede cuando numeral 4.- A pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar f.....