acuerda con lugar lo solicitado por la representante del Ministerio Público y en consecuencia, se acuerda decretar la Detención Judicial Preventiva de Libertad, en contra del adolescente XXXXXXX ; a quien se le iniciara la presente causa, por su presunta participación en el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal Vigente; en perjuicio de los ciudadanos Richard Alexander Rivero Brito, Danny Igor Rivero Brito, Ángel Daniel Moreno Noriega, Luis Gerardo Vásquez León, Firas Tufic Yordi Yordi, Edgard Cruz Hernández Oyoque y José Enrique Parra Salem; a los fines de garantizar la comparecencia del adolescente de autos, a la audiencia preliminar. Líbrese Boleta de Detención. En cuanto a la solicitud de práctica de reconocimiento en rueda de individuos hecha por la Fiscal del Ministerio Público, este tribunal la acuerda con lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 230 del COPP y en consecuencia, fija el día 05-03-07 a las 2:30 p.m., para realizar dic.....