Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: de conformidad con lo establecido en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 64 literal b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena consistente en DESTACAMENTO DE TRABAJO, a ANTONY ALEJANDRO RODRÌGUEZ APONTE, venezolano, nacido en Caracas Distrito Capital, titular de la cédula de identidad Nº 18.416.774, mayor de edad, nacido en fecha 15-02-1986, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Henry Antonio Rodríguez y Yunelda Coromoto Aponte, residenciado en: La Llanada, sector II, vereda 4, casa Nº 20, cerca del Liceo de la Llanada, Cumaná, Estado Sucre, quien se encuentra cumpliendo la pena de SIETE (07) AÑOS Y UN (01) MES DE PRIS.....