Autoridad de Cosa Juzgada.- Y así se decide.-
En consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelar las siguientes cantidades de dinero PRIMERO: La cantidad de TRESCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 320.000,00) monto de La deuda.- SEGUNDO: Los intereses legales, calculados 1% mensual que suma la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 3.200,00) que multiplicado por cuatro (4) meses suman la cantidad de DOCE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 12.800,00) igualmente los que se sigan causando hasta que la sentencia quede definitivamente firme.- TERCERO: La cantidad de NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. 96.533,25) de Costas y Costo calculados prudencialmente por este Tribunal.- CUARTO: La cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES (Bs. 53.333,00) constituido por la comisión de una sexta parte (1/6) del monto establecido en la obligación principal, según lo señalado en el artículo 456, numera.....