En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la presente TRANSACCION y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las Partes, así mismo vista la diligencia presentada el día de hoy 02-12-2013 este Tribunal constata que fue realizado el pago total a que la PARTE SUBROGANTE de la demandada se comprometió en acta contentiva del acuerdo de fecha 25-11-2013 por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ordena LEVANTAR las MEDIDAS EJECUTIVAS Y DE PROHIBIBION DE ENAJENAR Y GRAVAR de los siguientes bienes inmuebles propiedad de la Sociedad Mercantil J.E.N Inversiones, C.A.
En consecuencia se ordena librar oficio al REGISTRADOR INMOBILIARIO DEL ESTADO SUCRE a efectos de estampar la nota marginal correspondiente, en los inmuebles descritos .
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado .....