ejecutada por el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar Mejia y Ribero del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre en fecha 14/11/2013; Suspensión que se acuerda en función de lo establecido en el parágrafo tercero del articulo 588 concatenado al articulo 590 ambos del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
En virtud de la SUSPENSIÓN de la MEDIDA INNOMINADA DE ADMINISTRADOR JUDICIAL, dictada en esta misma fecha por este Tribunal, y visto que este órgano jurisdiccional es el rector del proceso, se ordena oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero, Bolívar, Mejías y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, informándole de la decisión aquí tomada, así como al administrador judicial designado Lic. Marti Lorenzo Vásquez Barreto, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V- 6.862.514, quien deberá cesar en las funciones que le fueran encomendadas, de manera inmediata en la administración de la .....