En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de la defensa y DECRETA LA PRESCRIPCIÓN DE LA SANCION DE LIBERTAD ASITIDA Y REGLAS DE CONDUCTA , que le fuera impuesta al xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por su participación en el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano José Gregorio Velásquez; mediante la cual quedó sancionado a cumplir las medidas contenidas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativa a REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES y en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 645 Y 647 LITERAL H ejusdem, se ordena la CESACION DE LA MEDIDA.; decisión que se dicta conforme a lo previsto en los artí.....