este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal, administrando justicia y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos PRIMERO: DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de DESESTIMACION de conformidad con lo pautado en el artículo 411 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal interpuesta por el ABG. IVAN JOSE GUARACHE FIGUERA, en su carácter de defensor del ciudadano CARLOS LUIS YANEZ, por cuanto no se ha llevado a Cabo la Audiencia de Conciliación pautada en el artículo 409 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de PRESCRIPCION de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 del Código penal interpuesta por AQUILES RODRIGO YANEZ MARRO debidamente representado por su defensor privado IVAN JOSE GUARACHE FIGUERA, toda vez que actualmente en este tribunal cursa el recurso de apelación signado con el N° RP01-R-2010-00258 en espera de la consignación de las notificaciones que se realizaran a la parte querellante, a.....