Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Privado, en el presente asunto seguido al acusado, Carlos José Vallenilla, venezolano, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 17-07-84, titular de la Cédula de Identidad N° 18.215.500, hijo de Nancy Del Jesús Méndez y Carlos José Vallenilla y residenciado en la Calle Principal de Cachunchú Viejo, Casa S/N, frente de Malariología, Carúpano, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Violación, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, en relación con la agravante establecida en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del.....