Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en el articulo 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA el presente desistimiento .Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión.
La Juez,
Abg. ALBELU VILLARROEL CAMPOS