Por lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Niega la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada por la defensa y en consecuencia acuerda mantener la Medida de Privación judicial Preventiva de Libertad dictada contra los imputados CARLOS JAVIER ZAPATA Y ALEIRA RAQUEL GONZÁLEZ, en fecha 12 de noviembre del 2007, en Audiencia de Presentación de Imputados, por sus presuntas participaciones en la existencia del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 encabezamiento y último aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Estupefacientes y Psicotrópicos, en perjuicio de La Colectividad , en virtud que se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 250 ordinales 1ero. 2do y 3ero, concatenado con los artículo.....