Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión del Proceso por el lapso de Un (01) año al ciudadano YUNNY JOSÉ GIL LATAN, venezolano, natural de Guiria, Sector Rió Salado , Municipio Valdez del Estado Sucre, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.388.668, Teléfono: 0414-779-9458 de Oficio Camionero, en Sector El Pedrito, Vía Macuro, Municipio Valdez, Estado Sucre, debiendo cumplir con lo establecido. Líbrese Oficio por ante la Prefectura de Guiria, Municipio Valdez, informando de las presentaciones aquí acordadas. Líbrese Oficio al Director Estadal Ambiental del Estado Sucre, participando lo conducente. Se acuerdan las copias simples para las partes. Cúmplase.
El Juez Cuarto de Control
Abg. Jesús Eduardo García .....