DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 3 del este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ACUERDA DECLINAR LA COMPETENCIA de la presente causa seguida al ciudadano ANDRES EDUARDO LOPEZ BRAVO, quien es venezolano, Natural del Estado Carúpano Estado Sucre, de 24 años de edad, titular de la cedula de Identidad Nº 19.707.219, nacido en fecha 08-05-1989, profesión u oficio Policía, hijo de Iris Bravo y Andrés López, y con domicilio en Propatria; avenida principal Raúl Leoni; bloque 3 apartamento 4, área metropolitana de Caracas. Al Juzgado Undécimo de Control del Área Metropolitana de Caracas e conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal; a los fines que a la brevedad posible y con la seguridad del caso, funcionarios adscritos a la Policía Nacional Bolivariana.....