Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Juicio en Nombre de la República y por Autoridad de la ley Condena al ciudadano HECTOR JOSÉ GUEVARA CHACON, venezolano, de dieciocho años de edad, hijo de Iraida Chacon y Reinaldo Patiño, titular de la cédula de identidad N°19.761.785, soltero, residenciado en Urbanización Brasil, sector 1, calle 49, casa N° 1 Cumaná Estado Sucre a cumplir una pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO, en perjuicio de la ciudadana YRLENIS MILAGROS RODRIGUEZ; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. Se establece como fecha provisional en que la presente pena concluirá aproximadamente en el año 2011. Líbrese boleta de libertad, oficio adjunto al Director del Internado Judicial de esta ciudad, informando sobre la presente decisión. Líbrese oficio a la oficina de participación ciudadana informando de la presente decisi.....