en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la Detención del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX; a quien se le inicio investigación por la presunta comisión del delito de robo agravado, previsto en el artículos 458 del Código Penal, todo ello conforme a los artículos 628 parágrafo segundo y 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio del ciudadano Kris Karina Vallejo Hernández y Abraham José Ramos Cardenas, todo ello conforme a los artículos 628 parágrafo segundo y 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Es por ello que se declara con lugar lo solicitado por el representante del Ministerio Público, declarando la aprehensión en cuanto al adolescente. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 559, 582 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente