En mérito de lo expuesto ut retro, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN y LOS MEDIOS DE PRUEBAS ofrecidos por el Ministerio Público, en el presente asunto seguido al Joven Adulto OMISSIS; en la presente causa seguida por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, tipificado en el artículo 405, con relación al 80 ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano OSWALDO JOSÉ FARRERA BERNARD, venezolano, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, Municipio Bermúdez, nacido en fecha 05/05/1989, de veintiséis (26) años de edad, identificado con la Cédula de Identidad Número V-23.550.459, soltero, obrero, residenciado en Sector Guarama, Municipio Valdez, Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en lo.....