Este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano, actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Condena al acusado: Héctor Luís Gómez, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.458.448, nacido en fecha 26-09-1963, de 46 años de edad, de profesión albañil, hijo de Carmen Gómez y Francisco Figueroa, domiciliado en el Barrio 5 de Julio, Calle El Esfuerzo, Casa S/N, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre; a cumplir la pena de Ocho (08) años y Nueve (09) meses de prisión, más la accesoria de ley, establecida en el artículo 16 numeral 1° del Código Penal Venezolano, como es la inhabilitación política durante el tiempo de la condena; por la comisión del delito de Violación en Grado de Tentativa, previsto y sancionado en el artículo 374 ordinal 1º del Código Penal Venezolano, en relación con los artículos 80 y 82 ejusdem, en concordancia.....