DECISIÓN
Con base a las consideraciones anteriores, éste Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano ENRIQUE IGINIO PINO REYES, titular de la cédula de identidad N° V-18.557.418, contra la Sociedad Mercantil FLORISTERIA SAN MIGUEL DA, C.A y al ciudadano DIONISIO ABREU, titular de la cedula de identidad N° V.- 12.294.349, demandado de forma solidaria, condenándose al pago de la cantidad de TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 326.398,32). Así se decide. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte Demandada por no resultar totalmente vencida, todo ello, de conformidad a lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TER.....