Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, resuelve:
PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL en el presente asunto, en contra del adolescente "OMISIS, de conformidad con lo previsto en los artículos 578, Literal "A" , en relación con el artículo 579 Literales "A", "D", "E", "F", "G", "H", "I", ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: SE ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del adolescente "OMISIS", por estimarlo presuntamente incurso en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 453 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana ELINOR VIRGINIA FIGUEROA MORAO, de conformidad con lo establecido en el articulo 578 Literal "A" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
TERCERO: SE DECRETA MEDIDA.....