Con fuerza en los razonamientos que anteceden este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; resuelve:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor de los adolescentes OMISSIS 1 y OMISSIS 2; en investigación relacionada con la comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y DETENTACIÓN DE MUNICIONES, tipificados en los artículos 218 y 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; por resultar evidente la falta de una condición necesaria para imponerles la sanción, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 561, Literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación con el artículo 300 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal; al no existir testigos presenciales que pudieren corroborar el dicho de los funcionarios d.....