Por tanto, y visto que la cuantía en la presente demanda es por la cantidad de VEINTISIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES CON 49/100 CTS (Bs. 27.975.998,49), monto este inferior a las diez mil unidades Tributarias (10.000 UT). Es por lo que, en virtud de los razonamientos antes expuestos éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE y en razón de ello DECLINA la competencia al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nororiental, ubicado en la Ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui y, en tal sentido ordena la remisión del presente expediente al prenombrado juzgado.