decreta: 1º.- SIN LUGAR la solicitud de Nulidad de Acta de Ejecución Forzosa, planteada por los actores, ya que dicha acta cumplió con los requisitos establecidos en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil.
2º.- SIN LUGAR la oposición planteada por el tercero opositor.
3º.- Se condena en costas al tercero opositor, conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.