Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción MERO DECLARATIVA, incoada por el ciudadano WILFREDO JOSÉ MORAO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad de identidad Nro. V-5.880.501, hábil en derecho y domiciliado en la calle San Francisco, casa s/n, de la población de San José de Areocuar, parroquia San José, Municipio Andrés Mata del estado Sucre, sobre el vehículo: Marca: DODGE, modelo: DART, clase: AUTOMOVIL, tipo: SEDAN, color: BLANCO, uso: PARTICULAR, año: 1975, serial de la carrocería: A530041, serial del motor: 318p-134362 y placas: APD-362 y que le corresponde documento autenticado de compra-venta a la Sociedad de Comercio "AUTO CHIVERA SUCRE, S.R.L.", y Experticia de reconocimiento legal y avaluó, como se .....