En consecuencia, por los motivos de hecho y de derecho antes trascritos, este Juzgado SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, con los efectos señalados en el Artículo 271 eiusdem, en el juicio de DIVORCIO, incoado por la ciudadana NELLY JOSEFINA NUÑEZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.690.031 con domicilio en la urbanización Rómulo Gallegos, Edificio Nº 10-A, Apartamento Nº 6, Sector cascajal, Parroquia Altagracia, municipio Sucre del estado Sucre, contra el ciudadano ARGENIS RAFAEL TINEO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.334.725 y de este domicilio, por cuanto se observ.....