Definitivamente firme como ha quedado la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha veintitrés (23) de septiembre del año dos mil cinco (2005), mediante el cual decretó el Sobreseimiento de la Causa a favor de los ciudadanos NELSON JOSÉ ORTÍZ CHACON Y NELSÓN JOSÉ ORTIZ GUTIERREZ en la causa penal seguida por el delito de lesiones Personales Intencionales. En tal sentido, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como está la causa, ordena remitir el presente expediente al Archivo Central, a los fines de su guarda y custodia.