Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la recusación formulada por la LIVIAN NATACHA MARQUEZ VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 8.639.955, Abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nº 124.987, actuando en representación de la CORPOACION 3C, C.A., inscrita en el Registro Mercantil contra la Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, GLORIANA MORENO MORENO..
Se deja expresa constancia que la presente decisión fue dictada dentro del lapso legal.