Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR, INADMISIBLE e IMPROCEDENTE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Elvira del Valle Goitia Bello, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 68.939 en su carácter de Apoderada Judicial del la Ciudadana Yesmin Coromoto Molina, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.289.291, contra una sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en fecha 02 de Abril de 2013.-
SEGUNDO: SIN EFECTO, el auto dictado por el Juzgado A Quo en fecha 09 de Abril de 2013, que Oyó la apelación.-
Queda así Confirmado el Auto Recurrido.-
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.-
Insértese, P.....