DISPOSITIVA
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal de Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acoge el pedimento fiscal y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al imputado Antonio Luis Lanza, quien es venezolano, de 36 años de edad, de profesión taxista, titular de la cedula de identidad Nro.- V-11.384.625, residenciado en la Urb. Boca de Sabana, calle Cardonal S/N, Cumana- Estado Sucre; quien esta incurso en la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de vehículos Provenientes del Hurto o Robo de vehículos, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio de la Colectividad. Todo de conformidad con el establecido en el numeral 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente: Art. 318.- El Sobreseimiento procede cuando numeral 1.- El hecho obj.....