En este estado interviene el apoderado de la parte demandante y expone: “Visto el hecho conflictivo que ha surgido al momento de estarse ejecutando la presente medida y en el cual los funcionarios representantes del orden público (policías) manifestaron a través de su comandante no garantizarnos tanto el Juzgado como a las demás personas integrantes de la comisión nuestra integridad física por el número reducido de funcionarios con que contaban en este acto, es por este motivo que solicito al Tribunal suspenda perentoriamente el presente procedimiento en la practica de esta medida mientras se nos garantiza lo antes indicado ya que existe también dentro del interior del rancho una niña con la cual sus padres la están usando como objeto persuasivo para impedir la acción de la justicia, igualmente solicito que la continuación de la ejecución de esta medida sea para el día 07-08-2007, a la ocho y treinta antes- meridiem”, es todo. Este Tribunal decide paralizar la presente med.....