este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos ESTEBAN ELIDIO CASTILLO y MARISOL DEL VALLE REYES. En consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ante la Junta Parroquial de la Parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, en fecha 04 de Junio del año 1993, según acta Nº 027, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Así se decide.
A los fines previstos en los artículos 506 y 507 del Código Civil, remítase copias certificadas de la presente decisión, al funcionario que presenció el matrimonio y al Registrador Principal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada,.....