este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL para las ciudadanas SORENNYS MARTÍNEZ, indocumentada, y ANGÉLICA MARTÍNEZ, indocumentada, por estar presuntamente incursas en la comisión del delito precalificado por la Fiscalía como LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de YULIMAR ROJAS, FELIPA MARÍA ANDRADE DE ROQUE y YUSDELIS DEL VALLE ROQUE COA, de conformidad con el Ordinal 3° del artículo 318 y el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 6º del artículo 108 del Código Penal.