DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 y 6 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado OSWALDO JOSE RODRIGUEZ HERNANDEZ, venezolano, natural de Cumana Estado Sucre, de 27 años de edad, nacido en fecha 15-12-1984, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.911.179, de profesión u oficio Operador de autobús, hijo de Nellis Hernández y Oswaldo Rafael Rodríguez y residenciado en: Urbanización la Victoria, Calle 01, casa N 06, Campeche, Cumana Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículos 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una vida Libre de Violenci.....