Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONO DE VENEZUELA. (C.A.N.T.V), en contra la Republica Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social a través de la Inspectoría del Trabajo de Cumana estado Sucre tendente a lograr la nulidad de la providencia administrativa numero 201-09 de fecha 20 julio de 2009. Y ASI SE ESTABLECE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y ARCHÍVESE la pieza principal conjuntamente con el cuaderno de medidas. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE. En Cumana a los dos (02) días del mes de Mayo del año dos mil catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
DIOS Y.....