Que a los folios Dieciséis (16), Veinte (20) y veintiséis (26) del expediente, cursa diligencia del ciudadano Alguacil titular de este Juzgado, donde devuelve la compulsa de citación por negarse a firmar la ciudadana NIEVES MILLAN DE SALAZAR y no encontrar a los otros demandados.
Que en fecha 17 de Enero 2.013, el abogado en ejercicio GUALBERTO SANTIAGO RIOS, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 6.746, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, solicitó la citación por medio de Carteles de conformidad con lo dispuesto en los artículos 218 y 223 del Código de Procedimiento Civil, lo que fue acordado y librados en fecha 24 de Enero del 2.013, y hasta la presente fecha, no han sido retirados los mismos por la parte actora, tal y como se evidencia a los folios 29 y 30 del expediente.
Con respecto al lapso con que cuenta la parte actora para retirar, publicar y consignar el Cartel de emplazamiento, La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Sentenc.....