este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y en consecuencia de ello DECRETA la imposición de la Medida Cautelar contenida en los literal C del artículo 582 de la LOPNA por las razones supra mencionadas, a favor del XXXXX a quien se le inició averiguación por su presunta participación en el delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453, Numeral 6° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano DEIVIS JOSÉ URBINA ABRANTES. Se ordena continúe la presente causa por el procedimiento ordinario. En consecuencia se ordena la libertad del adolescente. Se ordena la remisión inmediata de la presente causa a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público