este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta con lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN, realizada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, que realizara el ciudadano JOEL JESUS MARVAL ORTIZ BORBON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 3.873.819, domiciliada en la calle Cancamure Residencia Wilcris B-1- Cumaná, Estado Sucre de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, en lo que respecta al delito de DAÑO A LA PROPIEDAD, que realizara en contra de JAIME ADOLFO JIMENEZ BORBON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 17.247.079, domiciliada en el Barrio Los Cocos casa S/N, Cumaná, Estado Sucre; por ser un delito de instancia privada.