Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por MARCO ANTONIO JIMENEZ HIDROGO, JOSR FRANCISCO ANTON PEREDA, JOSE GABRIEL LEMUS CARDOZA, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.997.722, 18.904.210, Y 21.096.344 respectivamente, en contra de "VIGILANCIA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL LOS ANDES, C.A" (VYSILA) y JOSE GREGORIO GONZALEZ MORENO, titular de la cedula de identidad n° 9.167.629.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de BS 394.631,40, por los conceptos de Prestaciones Sociales prevista en el articulo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras, Indemnización por despido prevista en el articulo 92 de la LOT.....