este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano: EDISON ALEXANDER MALAVÉ MATA, venezolano, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.415.212, de estado civil soltero, nacido en fecha 31/12/1982, de profesión u oficio agricultor, hijo de María Mata y Agustín Malavé, residenciado en el Caserío La Pica de Catuaro, Sector Los Jabillos, Calle Principal, Casa Sin N°, cerca del crucero de Catuaro, Municipio Ribero, Estado Sucre; actualmente recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Sucre, por el lapso de UN (1) AÑO, SIETE (7) MESES Y VEINTITRES (23) DÍAS quien fue condenado por sent.....