Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, RATIFICA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano: VICTOR ALFONZO LOPEZ JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-26.294.937, venezolano, de 20 años de edad, natural de Guiria, de profesión Indefinida, Hijo de Yanira Jiménez y Alfonso López, residenciado en Río Salado, Calle Andrés Bello, N° 37, Guiria Estado Sucre; por considerar que existen fundados elementos de convicción en las actuaciones para estimar que el mismo es presunto autor o participe de la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de ANGEL IBHAHIM MOFFI CARRILLO (Occiso), todo de en virtud de la orden de aprehensión librada en su contra y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 numerales 1°, 2° y 3°, artículo 251 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero .....