En virtud de todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana Teresa Pilar Amarista, por la presunta comisión del delito de Falta, previsto y sancionado en el artículo 483 del Código Penal, en perjuicio de Isabel Mujica; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 48, numeral 8; y 320 ejusdem; y 108, numeral 7, del Código Penal. Notifíquese a las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
El Juez Cuarto de Control
Abg. Josanders Mejías Sosa
El Secretario
Abg. Jesús Eduardo García
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