ASUNTO : RP01-P-2006-001151
administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA la practica de dicho Reconocimiento Psicológico y Social al penado: ARACELIS DEL CARMEN GUTIERREZ CAÑA Venezolana, natural de esta ciudad, nacida en fecha: 27-11-87, de 18 años de edad, residenciada en la Urbanización Las Palomas, adyacente al Ambulatorio Asistencial, casa No-66 de esta ciudad, hija de Carmen Caña y Reinaldo Gutiérrez, Titular de la Cédula de Identidad No-17.674.889; comisionando al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad, Estado Sucre, a los fines que practique los exámenes de rigor y al Director del Internado Judicial de Cumaná, informándole que este tribunal acordó la practica de la evaluación Psico-social a la penada de autos. Líbrese los oficios respectivos.