Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado JORGE CARLOS SALGUEIRO CASAS, uruguayo, mayor de edad, titular del pasaporte uruguayo N° 1.937.468-7, condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del Delito de VIOLENCIA DOMÉSTICA, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena todo ello de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, 494, 495 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndosele las condiciones anteriormente señaladas.
Se fija audiencia para el lunes 07 de marzo a las 10:00 AM en al sede del Circuito Judicial de Cumaná, para la imposición y aceptación de las condiciones y a los efectos de que confirme los datos ya anteriormente aportados sobre su residencia. Déjese copia, notifíquese a la defensa, la víctima y al Fiscal de Ejecució.....