Se dictò sentencia definitiva, declarando CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO FUNDAMENTADA EN EL ARTICULO 185-A, del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos JOSE MELQUIADES ORDAZ VILLEGA Y MARVELY DEL CARMEN RAUSSEO DE ORDAZ, asistidos por el Abogado en ejercicio PEDRO ANTONIO LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.725, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los unía.