En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación incoada por la Representación Judicial de la parte demandante LUIS BELTRAN NELSON SALAZAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 10.946.692, en contra de la decisión dictada por el A quo, en fecha ; SEGUNDO: SE MODIFICA LA DECISIÓN dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de fecha veinticuatro (24) del mes de Marzo del año dos mil once (2011), TERCERO: SE DECLARA PACIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS BELTRAN NELSON SALAZAR en contra de la sociedad mercantil VENGAS Y.....