En vista de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara su INCOMPETENCIA FUNCIONAL, para conocer el presente RECURSO DE INVALIDACIÓN y en consecuencia plantea el CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA, y ordena remitir la presente causa al Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en virtud de solicitar de oficio en esta oportunidad la regulación de la competencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio. Cúmplase con lo ordenado.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumana, al (01) día d.....